Cuando se urbaniza una zona o barrio de la ciudad, el legislador ha previsto que cuente con una serie de infraestructuras y suelos para equipamientos. Para que no se convierta en una ciudad dormitorio y sea sostenible las administraciones deben dotarla de un mínimo de servicios que posibiliten a la ciudadanía desarrollar su actividad sin tener que salir.
Los propietarios del suelo de acuerdo a las normas urbanísticas han de dejar un porcentaje del mismo para equipamientos y estos deben estar emplazados en lugares que permitan la accesibilidad a sus habitantes de forma equilibrada. El urbanizador una vez concluida la obra la entrega a la administración correspondiente para que mantenga los viales y preste los servicios que le corresponden.
Cuando adquirimos una vivienda estamos pagando no solo la construcción y el solar sino la parte proporcional de la urbanización y por tanto del suelo que se ha dejado para la prestación de los servicios.
Cuando un Ayuntamiento, por ejemplo el de Zaragoza, cede una parcela para uso social a una entidad privada como es REMAR, está mermando los derechos de su ciudadanía a contar con el equipamiento previsto, y además indirectamente está regalando un suelo que en última instancia han pagado las personas que han comprado las viviendas. Es una estafa.

A pesar del contencioso y de la movilización vecinal los trámites de licencia y construcción han seguido adelante. Queda la esperanza de que con el tiempo el Ayuntamiento enmiende su error y se adquiera el edificio para Centro Cívico.
(1) Artículo 18.- Participación
ciudadana. El Gobierno de Aragón estimulará
la participación ciudadana en los procesos de elaboración del planeamiento
territorial, buscando la colaboración de los diversos agentes sociales e
instituciones implicados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario